EL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL ASI LO HABIA RESUELTO EL PASADO MES DE AGOSTO, EN DONDE DA EL TRIUNFO A ANTONIO VICTORINO RAYMUNDO FLORES.
Que el C. ANTONIO VICTORINO RAYMUNDO FLORES quien encabeza la planilla ganadora es inelegible dado que
ocupo cargo de elección popular directa, ya que fue cuarto concejal propietario y designado Regidor de Obras del
Municipio de San Juan Mixtepec, Juxtlahuaca, Oaxaca, en el trienio 2008-2010. La pretensión de los inconformes es
que este órgano jurisdiccional revoque el acuerdo hoy impugnado, sin embargo los agravios hechos valer por los
impetrantes son INFUNDADOS, en atención a las siguientes consideraciones: Es un hecho no controvertido que las
elecciones en el Municipio de San Juan Mixtepec, Juxtlahuaca, Oaxaca, se llevan a cabo conforme a los usos y
costumbres de la localidad. Bajo ese orden de ideas, el artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en
consecuencia, a la autonomía para elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las
autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno.
SIN EMBARGO LA RESOLUCION DEL TRIBUNAL FEDERAL CON SEDE EN JALAPA VERACRUZ RESOLVIO EL PASADO 20 DE SEPTIEMBRE.
La Sala Regional del TEPJF también concluyó que por así haberse impuesto como regla en el propio municipio para su elección extraordinaria de concejales de San Juan Mixtepec, Antonio Victorino Raymundo Flores, quien resultó electo como presidente municipal, es inelegible, por no cumplir con lo establecido en el artículo 113 de la Constitución Política local, en específico, por violar el principio de no reelección.
"Por tanto, al resultar fundado el agravio, lo procedente es modificar la resolución impugnada y declarar inelegible a Antonio Victorino Raymundo Flores, y en consecuencia quien debe ocupar el cargo de presidente municipal es Feliciano Martínez Bautista, previa satisfacción de los requisitos de elegibilidad, quien fue registrado como candidato suplente en la planilla amarilla".
La resolución modifica el acuerdo CG-RDC-003-2011, del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, por el que califica y declara la validez de la elección extraordinaria de concejales de San Juan Mixtepec, en la porción relativa al estudio de los requisitos de elegibilidad.
POR LO TANTO FELICIANO MARTINEZ BAUTISTA, HERMANO DE PATRICIA MARTINEZ BAUTISTA, SUBE A PRESIDENTE MUNICIPAL.
PERO ESTOS ACONTECIMIENTOS LO TIENE QUE SABER LA CIUDADANIA Y TODOS LOS MIEMBROS ACTIVOS Y MILITANTES DEL MOVIMIENTO SOCIAL POR LA UNIFICACION DE SAN JUAN MIXTEPEC, ES POR ELLO QUE SE TIENE PROGRAMADO UNA REUNION GENERAL MASIVA, ESTE PROXIMO 2 DE OCTUBRE DEL 2011, EN EL TECHADO DEL MERCADO MUNICIPAL.